Ordenanza reguladora de los Procedimientos de Intervención Municipal en las Obras
Clasificación de las Obras Menores Tipo III:
a) Obras en el interior de las viviendas, locales, vestíbulos y escaleras comunitarias que no modifiquen la distribución, la estructura o la fachada, en edificios que no estén catalogados (A y B), protegidos urbanísticamente (C) o urbanísticamente considerados de nivel D.
b) Actuaciones de limpieza y arreglo de jardines y solares que no impliquen tala de arbolado.